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El 03 de junio 2025, la Secretaria de Economía a través del Secretario Marcelo Ebrard, ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican.” Este acuerdo, se suma como un instrumento normativo adicional a aquellos con los que ya contamos en la actualidad, sin embargo, este pretende la regulación y monitoreo de algunas mercancías de Exportación, y de forma congruente se adhiere al Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 en su sección “Visión de Largo Plazo”; Este acuerdo estructurado por 7 considerandos de acuerdo al único transitorio estaba previsto entrara en vigor el miércoles 04 de junio de 2025, sin embargo, a través del Oficio 516.2025.1850 se ha prorrogado la entrada en vigor hasta el próximo 07 de Julio de 2025.
Objetivo.
El Acuerdo busca regular y monitorear las exportaciones de 30 fracciones arancelarias de diversos capítulos como el 22, 71, 84, 85, 90 y 94 a través de un aviso automático de exportación (Descarga el listado completo de fracciones), dentro de las mercancías que destacan podemos encontrar a la cerveza, el tequila, convertidores catalíticos, máquinas automáticas y componentes electrónicos, pantallas planas incluidas las consideradas como diseñadas para vehículos automóviles, cables de fibras ópticas, entre otras.
Solicitud del permiso.
De conformidad con el artículo tercero del citado acuerdo, para obtener el aviso automático de exportación será necesario considerar los siguientes pasos:
- El Exportador deberá enviar una solicitud a través de un escrito en términos de la Regla 1.3.5. del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.
- Proporcionar la información requerida por La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía (DGFCCE), mediante formato Excel que será publicado en la página de internet del SNICE.
- Se deberá enviar una solicitud por cada pedimento de exportación al correo: aviso.exportacion@economia.gob.mx
Tiempo de respuesta
En caso de que la DGFCCE considere que se han cumplido los requisitos establecidos en el artículo tercero, el tiempo de respuesta en el que se emitirá el Aviso Automático de Exportación por cada fracción arancelaria solicitada, será de 10 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud.
El Aviso Automático será enviado exclusivamente al solicitante a través de los correos electrónicos que autorice para tal efecto en el escrito anteriormente mencionado.
Información a considerar:
- En caso de considerarlo necesario, la DGFCCE podrá solicitar que se le exhiba la documentación que se proporcionó en un inicio para la solicitud del aviso, con la finalidad de cotejar.
- El cumplimiento de la presentación de Avisos Automáticos de Exportación en términos del presente Acuerdo no exime o sustituye el cumplimiento de otros requisitos y regulaciones aplicables en el marco jurídico actual.
Recomendaciones
- Enviar las solicitudes a partir del 30 de Junio que es la fecha indicada por la DGFCCE.
- 10 días hábiles impactan considerablemente en una planeación logística, por lo que resulta útil elaborar de forma anticipada un plan de gestión de avisos automáticos de exportación.
- El boletín No. 004/2025 que la DGFCCE publicado a través de SNICE, contempla algunas consideraciones para la gestión del aviso, por lo que resulta indispensable tomarlas en cuenta.
- Programar los diferentes sistemas que se utilizan para procesar un embarque de exportación pudiera resultar de utilidad, para que a través de la fracción arancelaria se notifique el requisito de tramitar el aviso automático correspondiente.
Documentos disponibles para descarga y consulta
Acuerdo para Aviso Automático de Exportación
Plan Nacional de Desarrollo sección “Visión de Largo Plazo”
Formato en Excel de la solicitud (Datos y ejemplo de llenado)
Ejemplo de solicitud en escrito libre
En De La Paz Costemalle-DFK contamos con un equipo de expertos en auditorías, análisis de la información, cumplimiento legal-jurídico e implementación de diversas estrategias y modelos, con la finalidad de dar cabal cumplimiento a los diferentes requerimientos de las autoridades aduaneras.
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Especialista en la materia con diversas certificaciones dentro de las que destacan: Supply Chain (Cadena de Suministro), Oficial de Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas con certificación internacional bajo la ISO/IEC 17024:2012.
Dentro de la experiencia profesional, ha impartido conferencias, cursos y ha formado parte de mesas de discusión en temas relevantes en la materia; La implementación de herramientas para el sistema de gestión de pedimentos y controles como Anexo 24 y 31, auditoría de operaciones de Comercio Exterior y formación de departamentos de tráfico, comercio exterior, operaciones, entre otros, son algunos de los proyectos desarrollados con éxito principalmente para el sector privado.